El Fracking vs Reforma Energética


REFORMA ENERGÉTICA Y EL FRACKING - EXPERIENCIAS

Recordemos que el fracking (fractura hidráulica) es una técnica imprescindible para poder extraer recursos hidrocarburíferos de las formaciones SHALE que se realiza con aplicación de fluídos a alta presión con uso de químicos al subsuelo para lograr mayor producción por fracturamiento de las subestructuras más duras (lutitas) que contienen gas y petróleo. Esta tecnología de Fracturamiento, se realiza en varios países, en coordinación estrecha con las agencias de protección ambiental de cada país con referencias de la EPA (Protección Ambiental de USA)

En USA, el Congreso encargó el estudio correspondiente a la EPA, quienes emitieron un informe sobre la relación y la posible afectación del agua potable, concluyendo que no afecta al agua potable (que se viene llevando a cabo desde el 2010), lo que abrió una controversia entre la EPA y la Comisión de Asesores Científicos de la misma EPA.  

La EPA estudió la relación entre la fracturación hidráulica para el petróleo y el gas y los recursos de agua potable mediante el ciclo del agua de fracturación hidráulica. El ciclo del agua de fracturación hidráulica tiene cinco etapas: cada etapa se define por una actividad que involucra agua que apoya la fracturación hidráulica. Las etapas y actividades del ciclo de fracturamiento hidráulico del agua incluyen:

Etapa 1: Adquisición de agua
La extracción de agua subterránea o superficial para hacer fluidos de fracturación hidráulica.

Etapa 2: Mezcla química
La mezcla de un fluido base, apuntalante y aditivos en el sitio del pozo para crear fluidos de fracturamiento hidráulico.

Etapa 3: Inyección de pozos
La inyección y el movimiento de los fluidos de fracturación hidráulica a través del pozo de producción de petróleo y gas y en la formación de rocas objetivo.

Etapa 4: Manejo de agua producida
La recolección y manejo en el lugar del agua que regresa a la superficie después de la fracturación hidráulica y el transporte de esa agua para su eliminación o reutilización.

Etapa 5: Eliminación y reutilización de aguas residuales
La eliminación y reutilización de las aguas residuales de fracturación hidráulica

Sin embargo, la EPA emitió la norma EPA 40 CFR Part 60 Subpart 0000 (“Quad 0”)-Colorado Regulation 7, que controla la emisión de componentes VOC (ej. metano) en diferentes actividades, siendo el Fracking una de ellas, obligando la aplicación de nuevas tecnologías de mitigación, como el uso de quemadores (flare) para gases emitidos entre otras.

En México, país reconocido y caracterizado por su espíritu nacionalista y política de seguridad energética, actualmente cuenta con una ley de hidrocarburos derivada de la reforma constitucional en materia energética promulgada en diciembre de 2013 que establece que la “Secretaría de Energía” es la institución encargada de los permisos para las actividades y de procesamiento de gas natural, creando CENAGAS (Centro Nacional de Control de Gas Natural) encargado de administrar, coordinar y gestionar la red de ductos y almacenamiento de gas natural en el país (SENER, 2014), permitiendo la participación de capital privado en asociaciones Público-Privadas.

En México desde 2010, cuando iniciaron perforaciones exploratorias; abrieron las puertas a más empresas para continuar la explotación desde el año 2013 mediante esta técnica, iniciándose luego el 2014 las primeras licitaciones de explotación de la Cuenca de Burgos de Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila; Cuenca de Eagle Ford en Texas y la Cuenca Tampico (Robles, 2014; Guerrero, 2015; de la Vega y Ramírez, 2015).

Como resultado de las reformas mencionadas en México, el 2015 en el aspecto ambiental, se publicó la “Guía de Criterios Ambientales para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos  Contenidos en Lutitas”, por parte de la DGAE (Dirección General de Energía y Actividades Extractivas), dando pautas y legislando los procesos de exploración, perforación, extracción y abandono de los pozos, así como el impacto ambiental de los pozos a las zonas agrícolas (SEMARNAT, 2015).

En Argentina, en las formaciones shale del yacimiento “Vaca Muerta”; mediante la estimulación, se crean anales de pocos milímetros de espesor, por donde el gas y el petróleo pueden fluir hacia los pozos, permitiendo un verdadero boom energético y el potencial de riesgo.

En Colombia, La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y el Congreso para el Desarrollo de los No Convencionales, Shale Colombia 2013, publicaron que las cuencas colombianas contienen grandes volúmenes de reservas aprovechables de gas en yacimientos no convencionales. Las condiciones serían distintas porque ya se está extrayendo agua en acuíferos de más de 1,000 mt; es decir, si las perforaciones verticales típicas de la estimulación hidráulica ≥ 1,000 mt se ejecutan, claramente se comprometería el estado de los recursos hídricos subterráneos con mayor probabilidad.

El Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y Protección del Medio Ambiente, en el artículo 52, decreta que cuando se compruebe que las aguas del subsuelo estén en peligro de agotamiento o de contaminación se suspenderán las actividades asociadas.

La Resolución 90341, en el artículo 16, decreta la suspensión de actividades de inyección de agua residual proveniente de explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, en caso de eventos sísmicos mayores o iguales a 4 grados en la escala Richter, cuyo epicentro esté ubicado en el área de extracción.

El principio de precaución en la actividad relacionada con el fracking cuando existe un riesgo latente para el patrimonio ambiental del país (Contraloría General de la Republica).

Actualmente seis departamentos cuentan con bloques cuyos contratos de exploración y producción hacen parte de los PINE, siendo prioridad económica para el Estado, recursos que a partir del Sistema General de
Regalías (SGR) serán destinados a inversión social y posconflicto. El Ministerio de Minas y Energía, habría expresado que no hay peligro de que esto suceda en Colombia gracias a la reglamentación que se expidió en marzo de 2014 para la explotación de yacimientos no convencionales.

Sin embargo, se ha emitido el PROYECTO DE LEY No. DE 2018 “Por medio del cual se prohíbe en el territorio nacional la exploración y/o explotación de los Yacimientos No Convencionales (YNC) de hidrocarburos y se dictan otras disposiciones”

En Uruguay, en el 2017 en Uruguay se dio moratoria durante cuatro años al fracking mediante la Ley N° 19.58120. Durante las discusiones para su aprobación los Congresistas reconocieron que la información acerca del fracking era “atomizada” y “parcial”, razones por las que, antes de tomar una decisión pertinente para el país, consideraron necesario realizar más estudios.

Además de esto, se estableció la necesidad de velar por la protección del acuífero Guaraní, el tercero más importante del mundo, el cual se podría ver afectado por el fracking.

En Estado de Paraná, Brasil, la Ley número 18.947 del 22 de diciembre de 2016 del Estado de Paraná, Brasil, establece una moratoria de 10 años para la explotación. A continuación se exponen los motivos y la
regulación establecida. En la Ley121 se establece que la falta de voluntad política a nivel nacional hace necesaria la toma de medidas frente a la realización de pozos petroleros bajo el método de fracking en el
Estado de Paraná. Esta situación es particularmente relevante, señala la norma, en la medida que la Secretaría de Estado de Agricultura y Abastecimiento (SEAB) ha señalado re4comendaciones y límites dentro de las conclusiones de su protocolo administrativo número 13.875.922-9.

En Escocia, en enero del 2015, Escocia introdujo una moratoria relacionada con la explotación de petróleo y gas de esquisto (el líquido que se extrae a través del fracking). Esta regulación se mantiene en pie hasta el día de hoy. Adicionalmente, en el Parlamento Escocés se desarrolló en el 2016 un Concepto analizando los principales motivos para una posible prohibición del fracking en todo el territorio. Teniendo en cuenta que para este momento no existe prohibición alguna sino moratoria, en las siguientes líneas se expondrán (i) los principales motivos para la moratoria, (ii) el contenido concreto de la moratoria y (iii) los principales argumentos expuestos en el Concepto al Parlamento para la prohibición total del fracking en el territorio escocés
En Alemania, además de Francia, Alemania es uno de los países europeos que ha realizado una prohibición amplia al fracking. En el 2016, a través de una interpretación del conjunto de leyes de Recursos Hídricos (Wasserhaushaltgesetz) y la Ley de Montañas (Bundesberggesetz), el Congreso alemán decidió prohibir -con algunas acotaciones- el fracking en toda la República Federal95 . La regulación en Alemania establece una taxonomía del fracking que lo divide en convencional y no convencional. Así, el fracking convencional es el que se realiza por debajo de los 3000 metros de la tierra y el no convencional es todo aquel que se realiza a menos de 3000 metros bajo el nivel de la tierra. La regulación se hizo bajo dos perspectivas: el agua y las montañas.

Otros Países, en esta práctica, la Comisión Europea emitió una comunicación al Parlamento Europeo en el que se exhorta a los estados miembros a desarrollar unos principios para la explotación a través de este método. Como consecuencia de esto, se emitIó el 22 de enero de 2014 una Recomendación señalando principios mínimos para la explotación a través de fracking, dentro de los que cabe mencionar unos estándares de planificación mínima y un análisis profundo de impacto ambiental. 

Australia está en moratoria y República Checa y Bulgaria suspendieron las actividades de explotación mientras evalúan los daños que estas puedan causar. Lo grave es que el tema demanda tiempo y no da para esperas.

En el Perú, está actualmente en vías de aprobación el proyecto de ley 2145 de la ley orgánica de hidrocarburos, en el cual no se especifica expresamente la aplicación del fracking en la explotación de gas y petróleo de enquisto. Sin embargo, reza la aceptación en términos genéricos, de uso de las tecnologías off shore y Onshore existentes, para maximizar la producción actual. 

Este PL2145, ha sido observada por minoría Congresal a través de fuerte oposición política (calificada por algunos autores de ultranza, con falta de diálogo abierto y libre conversatorio), con denuncias de entreguismo económico por bajas regalías y desmedro ambiental por el uso del fracking sin límites, confundiendo a la opinión pública y ambientalistas (impacto social-ambiental en la costa y selva).

Esta posición anti-fracking, a la postre irónicamente, hunde al Perú en su inseguridad energética, manteniéndolo como país totalmente dependiente de suministro de crudo y combustibles limpios; sin masificación del gas natural y cero petroquímica.

Las preguntas que flotan son:

¿El uso o aplicación del Fracking es más rentable que las técnicas convencionales?

El Fracking es muy discutida mundialmente y es por algunos autores como clave tecnológica para el desarrollo al incrementar la capacidad de extracción del gas&oil shale, y la Secretaría de Energía Mexicana menciona que los proyectos de extracción de gas shale son rentables en función al precio cuando los precios en el mercado lo permitan; de lo contrario no se verá ventaja alguna sobre la producción convencional de este recurso (MIT, 2011; SENER, 2014).

La obtención de gas natural mediante el proceso de fracking permite obtener una mayor independencia respecto al petróleo y aprovechar los recursos no convencionales a diferencia de la explotación convencional que sólo permite la explotación del gas asociado a las reservas de petróleo.

Por otra parte, el coste ambiental y social es muy alto pues existe el riesgo de afectaciones severas tanto al ambiente como a la salud humana. En cuanto a las experiencias de otros países existen tanto positivas como negativas coincidiendo en que los mayores desastres ambientales ocurrieron debido a la violación de las reglamentaciones ambientales vigentes.

Los Autores Vega y Ramírez (2015) hacen énfasis en lo costoso que resultaría para México concretar temas como los términos de los contratos, el papel y las funciones de las agencias de regulación, y el tipo y grado de involucramiento de PEMEX en las regulaciones ambientales, y aun considerando que esto se solucione sin mayores conflictos, los resultados no se verán de forma inmediata.

Al carecer del dinero necesario para su desarrollo y consolidación, el gobierno mexicano no pudo aprovechar el costo de oportunidad de los pozos en declinación, que ahora no se explotan, ni tampoco descubrir nuevos yacimientos ni, menos aún, desarrollar energías renovables (SHCP, 2015). Además, una empresa energética moderna requiere también de sistemas de almacenamiento y de distribución, donde gasoductos y oleoductos son cruciales, pero también plantas de refinación y la producción de petroquímicos.

¿El uso o aplicación del Fracking es factible en el Perú?

En el Perú si existen perfiles operativos de fracturamiento que se da en el país desde 1984, es decir desde hace más de 30 años y se le utiliza para extraer crudo mediano y liviano, mas no pesado.

Hay cuatro cuencas importantes afectadas por el fracking: Marañón, Tigre, Corrientes y Amazonas. Las cuencas del Pastaza y del Napo también se han visto afectadas.

En la cuenca del Marañón se ubica el Lote 192 (operado por Frontera Energy), Lote 64 (Geo Park Perú SAC); en la Cuenca de Ucayali se encuentra el Lote 131 (CEPSA) y el Lote 31-E (Maple) y, por último, en la Cuenca Talara y Tumbes se encuentran los lotes II (Petromont), III, IV (GMP), VII/VI (SAPET) y XV (Petromont).

La nueva Ley de Hidrocarburos pretende legalizar este tipo de prácticas invasivas para el subsuelo, suelo, biodiversidad y salud de habitantes en zonas aledañas a las concesiones mineras y petroleras.

La aplicación si es factible, acorde a estricta coordinación ambiental, con establecimiento de límites de profundidad según cada reservorio; condición que no está reglamentada en el PL2145 (nueva ley de HC).

Ref.: Aracely Maldonado-Torres1, Benigno Estrada-Drouaillet1, Eduardo Osorio-Hernández1, José Alberto López- Santillán1, Sandra Grisell Mora Ravelo2 Angeluz Olvera-Velona2
1 Universidad Autónoma de Tamaulipas, 2Universidad Autónoma del Estado de Morelos
2 Revista Mexicana 2016 – Ursula Oswald
3 Webs: EPA.org ; Semana Sostenible; cielo.org.co; clearpower-Questor Technologies, www.servindi.org., goo.gl/MKLEwn


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